El Juzgado no reabre la causa contra Yonathan De León y Kevin Cortés por la machacadora de Argana

La nueva documentación incorporada al procedimiento no ha llevado al Juzgado a reabrir las actuaciones

El Juzgado de la plaza número 3 del Tribunal de Instancia de Arrecife ha decidido mantener archivada provisionalmente la causa relacionada con la machacadora de Hormiconsa en Argana Alta, en la que figuraban actuaciones contra el alcalde Yonathan de León y el concejal Kevin Cortés.

La jueza ha adoptado la decisión después de recibir nuevas diligencias de la Guardia Civil relacionadas con una ampliación de la denuncia. En una providencia fechada el 20 de octubre, la magistrada acuerda incorporar esa documentación pero se remite al auto del 30 de junio, que ya había decretado el sobreseimiento provisional.

No se reabre la investigación

El auto de junio consideró que no estaba suficientemente justificada la existencia del delito que había motivado las diligencias y apuntó que las cuestiones relacionadas con el cumplimiento del cese de actividad de la machacadora debían tratarse dentro de la ejecutoria correspondiente.

La nueva documentación recibida no ha provocado por ahora un cambio de criterio. El Juzgado mantiene así el archivo provisional y no acuerda las nuevas actuaciones que habían sido interesadas.

El procedimiento estaba relacionado con denuncias sobre la instalación de Hormiconsa formuladas, entre otros, por Andrés Medina, representante de la Asociación Colectivo contra la Delincuencia Galguen.

Yonathan De León pide rectificaciones

La machacadora fue desmantelada por la empresa durante el actual mandato municipal, circunstancia que el gobierno de Arrecife utiliza para defender la actuación desarrollada desde el Ayuntamiento.

Yonathan de León ha celebrado la decisión y reclama que quienes realizaron acusaciones públicas contra él, Kevin Cortés y técnicos municipales rectifiquen. El alcalde sostiene que algunas de aquellas acusaciones eran falsas, aunque esa afirmación corresponde a su valoración y no constituye una conclusión recogida en la resolución judicial.

La decisión conocida ahora tampoco supone un cierre definitivo del asunto. Se trata de un sobreseimiento provisional, por lo que su alcance jurídico es diferente al de una sentencia absolutoria o un sobreseimiento libre.

Lo que sí determina la providencia del 20 de octubre es que, tras analizar la nueva documentación incorporada, la jueza no encuentra motivos en este momento para modificar el archivo acordado en junio.

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